LA IDENTIFICACIÓN DEL MÉDICO ANTE LOS PACIENTES: UNA OBLIGACIÓN LEGAL

La Ley de los Derechos y Deberes de los Usuarios del Sistema Sanitario de la Región de Murcia recoge como derecho básico en el ámbito asistencial el de asignación de un médico identificado a cada paciente (artículo 11.j Ley 3/2009)
Es por ello que el hecho identificarse mediante distintivos adecuados en la ropa (banda amarilla con la palabra “médico” en la bata o pijama, la exhibición de tarjetas e, incluso, la presentación verbal al paciente o su representante), se transforma en obligación para el facultativo.
La ley exige, a la dirección de cada centro, velar por la correcta identificación de todos los profesionales sanitarios y no sanitarios, a fin de garantizar el derecho de cada paciente a conocer la identidad y categoría profesional de quien le atiende en cada momento.
La responsabilidad emanada de cada acto profesional aconseja cuidar este aspecto que, además, es fundamental para obtener la confianza del paciente.
