¿CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO PARA LA DISPENSACIÓN DE MEDICACIÓN EXTRANJERA A PACIENTES AMBULATORIOS?

noticia Colegio de Medicos Murcia

El procedimiento para la dispensación de medicamentos a pacientes extranjeros ambulatorios no se ha modificado en los últimos años y es el siguiente, según los datos aportados por la Subdirección General de Farmacia e Investigación de la Consejería de Salud de la Región de Murcia.

 

En el caso de pacientes sin derecho a prestación farmacéutica por parte del Sistema Nacional de Salud o privados:

 

1. El paciente debe acudir a la Unidad de Medicación Extranjera de la Consejería de Salud aportando:

  - Informe clínico elaborado por un médico en el que se describa el diagnóstico o problema de salud del paciente, medicación previa administrada, motivo de la solicitud de medicación extranjera, posología y dosis prescrita, periodo de duración del tratamiento.

- Receta médica expedida por el facultativo que realiza la solicitud.

- Datos de contacto del paciente.

 

2. Una vez comprobada la documentación, la Unidad de Medicación Extranjera solicita a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) autorización para la importación del medicamento solicitado.

 

3. Tras la autorización de la AEMPS y una vez recibida la medicación, la Unidad de Medicación Extranjera se pone en contacto con el paciente para su dispensación.

 

4. El paciente ingresa la cantidad del coste de la medicación en la cuenta del Servicio Murciano de Salud indicada.

 

5. Se hace entrega de la medicación necesaria para un máximo de tres meses.

 

6. A los doce meses, es necesario renovar la solicitud, por lo que el paciente debe aportar un nuevo informe clínico que indique la necesidad de continuar el tratamiento.

 

En caso de pacientes con derecho a prestación farmacéutica por parte del Sistema Nacional de Salud:

 

 1. El paciente debe acudir a la Unidad de Medicación Extranjera de la Consejería de Sanidad, aportando:

 

- Informe clínico elaborado por un médico en el que se describa el diagnóstico o problema de salud del paciente, medicación previa administrada, motivo de la solicitud de medicación extranjera, posología y dosis prescrita, periodo de duración de tratamiento.

- Receta médica del Servicio Murciano de Salud expedida por el facultativo que realiza la solicitud.

- Datos de contacto del paciente.

 

2. Una vez comprobada la documentación, la Unidad de Medicación Extranjera solicita a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) la autorización para importar el medicamento solicitado.

 

3. Tras la autorización por parte de la AEMPS y una vez recibida la medicación, la Unidad de Medicación Extranjera se pone en contacto con el paciente para su dispensación.

 

4. El paciente ingresa la cantidad de la aportación que corresponda del coste de la medicación en la cuenta del Servicio Murciano de Salud indicada.

 

5. Se hace entrega de la medicación para un máximo de tres meses.

 

6. A los doce meses es necesario renovar la solicitud, por lo que el paciente debe aportar un nuevo informe clínico que indique la necesidad de continuar con el tratamiento.

 

Este procedimiento es el mismo para pacientes de la Sanidad pública o la Sanidad privada, con las únicas salvedades del tipo de receta (privada o del Servicio Murciano de Salud) y la cuantía a abonar (totalidad o aportación que corresponda). El tiempo que dura este proceso depende del tiempo que tarden en servir la medicación desde el país de origen, puesto que la Unidad de Medicación Extranjera lo tramita todo el mismo día de la solicitud.

 

Información publicada el 30 de enero de 2018

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